Porque Kaiku-Benecol quiere ayudarte a que te mantengas sano.
Cómo participar
Sólo tienes que enviarnos, antes del 24 de septiembre, 2 códigos de barras de cualquier producto Kaiku-Benecol junto con tu nombre, e-mail y dirección al Apdo. de Correos 740 (Ref. Braun), 20080 San Sebastián.
No esperes más para participar y conseguir uno de los 75 tensiómetros.
OBJETO.- “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” pone en marcha una promoción bajo la denominación “KAIKU- TENSIÓMETROS BRAUN” en la que los consumidores podrán participar en el sorteo de setenta y cinco tensiómetros de la marca BRAUN.
FORMA DE PARTICIPAR:
Se podrá participar en la presente promoción a través de dos vías distintas:
Primera.- En los packs de Vitaten de Kaiku se colocarán unas pegatinas mediante las cuales se instará a los consumidores a enviar dos códigos de barras de cualquiera de las referencias de Vitaten, entrando de este modo en el sorteo de setenta y cinco tensiómetros de la marca BRAUN.
Segunda.- Desde KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L., se enviará a personas registradas en las bases de datos que KAIKU CORPORACION ALIMENTARIA S.L. posee de consumidores de Kaiku Benecol, un mail solicitando que completen un formulario en el que se les solicita más información sobre su perfil.
En el mismo mail se les comunicará que al completar el citado formulario entrarán en el sorteo de setenta y cinco tensiómetros de la marca BRAUN.
ÁMBITO TERRITORIAL.- El ámbito territorial de la presente promoción abarca todos los puntos del Estado Español.
DURACIÓN.- La promoción será válida desde el día 3 de mayo de 2010 hasta el 30 de septiembre de 2010, ambos inclusive.
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.- Participarán en el sorteo todas aquellas personas que envíen los dos códigos de barras de cualquiera de las referencias Vitaten al Apdo. de Correos 740, 20080 San Sebastián (Guipúzcoa) indicando como Referencia BRAUN y aquellas personas que contesten al formulario que se enviará a través de un correo electrónico a las personas registradas en las bases de datos que KAIKU CORPORACION ALIMENTARIA S.L. posee de consumidores de Kaiku Benecol y que está debidamente registrada. El sorteo se realizará ante Notario el 30 de septiembre de 2010, a partir del listado de personas que hayan completado el mencionado formulario y entre aquellas que hayan enviado los dos códigos de barras de cualquiera de las referencias Vitaten.
COMUNICACIONES.- Todos los formularios que estén incompletos serán considerados nulos y no podrán participar en el sorteo. También serán considerados nulos todos aquellos envíos de códigos de barras recepcionados que no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. Igualmente, tampoco podrán participar en el sorteo aquellas comunicaciones recepcionadas con posterioridad al día 24 de septiembre de 2010. “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” quedará exenta de toda responsabilidad que pudiera derivarse de los posibles errores existentes en los datos facilitados por participantes que resulten ganadores, en el caso de que no sea posible su identificación. Existe un límite en cuanto al número de formularios a cumplimentar por una misma persona: cada persona podrá contestar una sola vez.
PREMIOS Y SORTEOS.- La promoción comprende 1 sorteo, cuya celebración inicialmente está prevista el día 30 de septiembre de 2010. En el citado sorteo se procederá del siguiente modo: se remitirá a la Notaria el listado de todos los formularios recepcionados y que estén debidamente cumplimentados, así como el listado de las personas que hayan realizado correctamente el envío de los dos códigos de barras. El Sr. Notario elegirá 75 registros al azar, cuyos remitentes serán informados y cuya identificación sea correcta, y no renuncie o le sea imposible disfrutar del premio. Por otra parte, “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” se reserva el derecho de posponer el sorteo en un máximo de 1 mes, por causas ajenas a dicha empresa organizadora. Esta circunstancia, se daría en todo caso, manteniendo el premio.
COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO.- “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” se hace cargo de los gastos de envío del premio a la dirección postal del ganador. Igualmente, “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a Correos o empresa de mensajería que puedan afectar al envío.
DERECHOS DE IMAGEN.- El ganador autoriza a “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” a difundir su nombre e imagen en cualquier medio de comunicación del modo que “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” considere más oportuno. Dicha autorización se entiende concedida de manera automática con la participación en la promoción.
DATOS PERSONALES.- Los datos facilitados por los concursantes para su participación en la promoción serán incorporados a un fichero de “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” cuya finalidad será la de gestionar la presente promoción, así como el envío de información comercial y ofertas relacionadas con los productos que comercializa aquélla. En caso de menores de catorce años e incapacitados, será preciso el consentimiento de sus representantes legales. El responsable de dicho fichero “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.”, con domicilio en San Sebastián (Guipúzcoa), Paseo Mikeletegi nº 55. Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición con arreglo a la L.O. 15/1.999, de 13 de diciembre, mediante el envío de una carta certificada a dicha dirección. Dichos datos podrán ser facilitados a todas aquellas personas físicas o jurídicas que intervengan en la presente promoción (Notario, empresa de publicidad etc.) al objeto de prestar un servicio a “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.”.
PROHIBICIÓN DE PARTICIPACIÓN.- No podrán participar en la presente promoción ninguno de los trabajadores de “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” o de cualquiera de las empresas del grupo al que pertenecen dichas compañías. A los efectos de esta promoción, se entenderá como grupo aquél que como tal se define en el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores. Así mismo, tampoco podrán participar en la promoción los familiares de primer grado o cónyuges de los citados trabajadores.
RECLAMACIONES.- El período que se establece para cualquier posible reclamación es de 10 días hábiles desde la finalización de la promoción, de manera que transcurrido dicho plazo, no se atenderá ninguna reclamación relacionada con la presente promoción.
ACEPTACIÓN DE LAS BASES.- La participación en la presente promoción supone la aceptación íntegra de todas las cláusulas contenidas en este documento de Bases, así como la sumisión al criterio de “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.” en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del sorteo y a las decisiones interpretativas que de las presentes Bases realice esta última.
FUERO.- Para toda cuestión litigiosa que pudiera dimanar de la presente promoción y la interpretación y / o aplicación de las presentes bases, tanto “KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L.”, como los ganadores y participantes en la misma, hacen expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, y expresamente se someten a los Juzgados y Tribunales de San Sebastián.
DEPÓSITO DE LAS BASES ANTE NOTARIO.- Las presentes Bases se hallan depositadas ante el Notario de Bilbao Don Francisco Regalado Marichalar.
En Bilbao, a 3 de Mayo de 2010.